jueves, 20 de enero de 2011

Resultados de la Ley de Universidad en Venezuela

En virtud primordial de la Ley de Universidades, promulgada el 5 de diciembre de 1958, razón esta por  la cual más tarde se estableció esta fecha como Día del Profesor Universitario– es que, no sólo instaura plenamente la autonomía, sino que también la define en términos amplios e inequívocos. El art. 8, en efecto, establece que “Las Universidades son autónomas, de acuerdo con lo establecido en esta presente Ley”.  Hasta su reforma parcial, en 1970, esta Ley de Universidades consagró de la manera más amplia la autonomía.

El 31 de octubre de 1969 fue allanada la Universidad Central de Venezuela (UCV) por órdenes del equipo de gobierno del presidente Rafael Caldera. Esta acción represiva, denominada Operación Canguro, fue comandada por el General Homero Leal y reunió a cerca de 3 mil efectivos policiales y militares de las Fuerzas Armadas de Cooperación, la Infantería de Marina, el Cuerpo de Cazadores, la Policía Metropolitana, la Disip , la entonces Policía Técnica Judicial (PTJ) y Tránsito Terrestre. Donde se violó la autonomía Universitaria con los sucesos de violencias, dejando El balance de 10 estudiantes muertos, un elevado número de heridos, presos, desaparecidos y torturados, hay quiénes pretenden olvidar o pasar por alto estos terribles atropellos contra la autonomía universitaria y contra el cuerpo estudiantil que hace 40 años ocupó las aulas de la Alma Mater.

          La nueva Ley de Universidades, texto jurídico aprobado por el cuerpo de legisladores venezolanos, el pasado  jueves 23 de diciembre 2010 por la Asamblea Nacional Bolivariana destaca por qué establece mecanismos de participación protagónica por parte de las comunidades universitarias y promueve la apertura de la gestión universitaria a la plena participación del pueblo.
          La nueva Ley de Universidades profundiza y garantiza la autonomía universitaria, pues da la oportunidad a la comunidad universitaria de interpelarse, de crear las estructuras necesarias para lograr y consolidar la soberanía, independencia y autodeterminación de las casas de estudios universitarios, porque perfecciona cada vez más lo que debe ser la democracia participativa y protagónica.
            El año 2008 se  habían aplicado la Ley Habilitante con un cuerpo de 26 leyes discutidas  la Asamblea Nacional.  Esta ley habilitante autorizará por un tiempo definido (18 meses) al presidente de la república para legislar por la vía de decretos con rango, valor y fuerza de ley en diferentes ámbitos de la vida nacional.  
          Fue para diciembre 2010, que se presentan la emergencia en el país con los efectos climáticos, lo que ha impactado en Venezuela con intensivas lluvias, trayendo como resultado diversas inundaciones, y pérdidas humanas en menor escala, y pérdida de sus viviendas  y enseres.

           En este sentido se retoma la esencia de la Ley Habitante que ya había sido sujeto de  análisis de revisión y aprobación en su primera instancia, pero debido a diversas objeciones y puntos de vistas en temas puntuales de la Ley, fue vetada el día (03-01-2011) por el mismo Presidente de la República Boliviana de Venezuela Hugo Chávez Frías,  debido a algunas fallas en su contenido, debilidades que se van a fortalecer. Además de vetar la ley, el presidente hizo un llamado a la Asamblea Nacional diciéndoles que: “En la práctica es inaplicable. Hay razones políticas y técnicas. Y entran en la decisión observaciones serias hechas por el bloque de opiniones de la oposición".
          Los docentes y rectores  persiguen mejoras salariales y un proyecto justo para las Universidades, además declaran que la ley violenta la  Autonomía Universitaria, lo que se objeta totalmente porque en su contenido y sus principios lo que resalta es cuerpo de derechos y deberes, con sentido igualitario en el presupuesto justo, para todas las universidades, el derecho del estudiante a un cupo cuando se selecciona una universidad para que sea su Alma Mater, igualdad de derechos en la elección de un rector(a) y la elección del Consejo de Estudiantes, así como los órganos administrativos, obreros y profesionales de la docencia.
          El presidente Chávez en su Presentación de la Rendición de Cuenta este año 2011, ordenó a la AN dar ejecútese a la ley en sesión ordinaria de las 2/3 parte con una duración de 5 meses. Ósea que para Mayo ya deberá estar aprobada, discutida y firmada  en todos los escenarios públicos. Y así  acelerar los proyectos de emergencia producto de las inundaciones.
 Hoy la Ley es debatida en los escenarios públicos, por parte de ambas toldas políticas, con un cronograma que incluye marchas, consignas y  documentos o textos productos del debate.


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